viernes, 20 de julio de 2012

Claves del nuevo convenio cambiario para abrir cuentas en divisas

 
 
 
El BCV mantendrá las cuentas en dólares (Créditos: Archivo)

 Jean Carlos Manzano.- El Banco Central de Venezuela publicó el Convenio Cambiario Nº20 que permite la apertura de cuentas en divisas en bancos nacionales para empresas y personas naturales.
El nuevo convenio establece que las personas naturales y jurídicas residenciadas en el país “podrán mantener cuentas” en los bancos universales en divisas, provenientes de la liquidación de bonos adquiridos mediante transacciones en el Sistema de Transacciones de Títulos en Moneda Extranjera (Sitme) .



La cuenta denominada en divisas se puede movilizar de dos formas: retiros en Venezuela pagados en bolívares al tipo de cambio oficial y “gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior”.


En la actualidad el Sitme aprueba divisas a personas naturales con los siguientes topes anuales:

Para viajes se aprueban 5.000 dólares

Para enfermedad 10.000 dólares

Para remesas familiares 6.000 dólares

La medida no estipula la apertura de cuenta con fines de ahorro, sino para consumos o pagos establecidos en los convenios como estudiantes, viajes y salud.

El convenio señala que los bancos autorizados para mantener estas cuentas deben tenerlas en el Banco Central de Venezuela.

La Gaceta Oficial Nº39.968 donde está publicado el convenio señala que entra en vigencia de inmediato.


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http://www.elmundo.com.ve/noticias/economia/politicas-publicas/claves-del-nuevo-convenio-cambiario-para-abrir-cue.aspx