domingo, 5 de julio de 2009

NO DEJEMOS QUE ZELAYA SEA VISTO COMO UNA VICTIMA

Puntos de vista que permiten formar criterio

No dejemos que los medios internacionales pongan a Mel como una víctima…

hagamos circular este e-mail para que todos estemos conscientes del grave daño que le estaba causando a nuestra patria, de seguir lo que el pretendía… una Asamblea Nacional Constituyente, para volverse otro dictador mas de la ALBA. LO QUE SUCEDE EN HONDURAS La Constitución de Honduras de 1982 se diseñó para evitar dictaduras: tiene unos pocos artículos irreformables “pétreos” en cuanto a: forma de gobierno democrática, territorio, alternabilidad en el poder, período presidencial, prohibición d e reelegir Presidentes e intentar reformarlos Artículos 1, 4, 5, 9, al 14, 237, 239, 374. Esos artículos representan el 2% de la Constitución. El pueblo hondureño no quiere ni debe reformarlos.En el restante 98% puede ser reformada. (Art. 373) El pueblo hondureño está a favor de reformarlos por las vías legales y democráticas, plebiscito y referéndum.Pueden descargar el texto de la Constitución desde estos linkshttp://www.gobernacion.gob.hn/descargas/leyes/CONSTITUCION%20DE%20LA%20REPUBLICA.pdfhttp://www.gobernacion.gob.hn/El Presidente Zelaya está promoviendo una consulta de carácter jurídico-político usando el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) bajo su orden. La pregunta es para colocar una urna extra el día de las elecciones generales para crear una Asamblea Constituyente que le permita derogar TODA la Constitución vigente.La consulta aunque no es vinculante que promueve Zelaya es ilegal porque según la Constitución vigente: 1)La reforma de artículos “pétreos” es prohibida y es delito detraición a la patria. Art. 2, 3, 374 de la Constitución. 2)Zelaya al asumir la Presidencia hizo promesa de ley: “Prometo serfiel a la Rep ública, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes” Art.322 3)El INE al mando de Zelaya no tiene facultad para hacer plebiscitoo referéndum. Art. 245.
continua: