lunes, 21 de noviembre de 2011

TSJ niega cautelar sobre registro electoral en el exterior

El Tribunal señala que no puede decidir aún la suspensión de la medida que obliga a los venezolanos en el exterior a demostrar su condición de residentes para inscribirse en el RE

Caracas.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala Electoral y con ponencia del magistrado Juan José Núñez Calderón, declaró improcedente una medida cautelar de suspensión de efectos referida a las condiciones para que los venezolanos en el exterior puedan realizar la inscripción, modificación u actualización en el registro electoral.

La medida había sido solicitada por Armando Azpúrua, Elio Bermúdez, María Del Carmen Zambrano y Jorge Castillo, integrantes de la Asociación Civil Defensoría de Venezuela en el Exterior, A. C. (Devenex), contra una circular emanada de la rectora principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Sandra Oblitas.

Según los miembros de Devenex, en la circular se establecen condiciones para la inscripción, modificación y actualización en el RE contrarias a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

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