sábado, 6 de febrero de 2010

SE DETERMINAN LOS BIENES Y SERVICIOS QUE REQUIEREN Y LOS QUE NO REQUIEREN EL CERTIFICADO DE NO PRODUCCIÓN NACIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DE ADQUISICIÓN DE DIVISAS.


SE DETERMINAN LOS BIENES Y SERVICIOS QUE REQUIEREN Y LOS QUE NO REQUIEREN EL CERTIFICADO DE NO PRODUCCIÓN NACIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DE ADQUISICIÓN DE DIVISAS.

En fecha 13 de enero de 2010 fue publicada en Gaceta Oficial N° 39.345, la Resolución conjunta emanada de los Ministerios del Poder Popular para Economía y Finanzas N° DM/2.580, para el Comercio N° DM N° 004, para las Industrias Básicas y Minería DM-N°-001, para la Agricultura y Tierras N° DM-N° 002/10, para la Salud y Protección Social N° DM-N°021/2010, para la Energía y Petróleo N° DM-N° 004, para Ciencia y Tecnología e Industrias Intermedias DM-N° 014 y para la Alimentación DM_N° 002/10, mediante la cual la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) determinó los bienes y servicios que requieren y los que no requieren el Certificado de no Producción Nacional para el otorgamiento de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD), previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa cambiaria vigente.

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