viernes, 29 de febrero de 2008

Contrabando de Extracción.

Contrabando de Extracción.
Juan Jugo Santini*


Algunos países, han establecido restricciones a las exportaciones de algunos alimentos, por medio de cupos o permisos. Estas políticas restrictivas son comunes, es decir, reaplican a todos los países destinatarios.

Los países, se ven obligados a establecer prohibiciones o restricciones de exportación durante la guerra, con ocasión de una hambruna o como consecuencia de una catástrofe natural. Venezuela, no está padeciendo ninguno de los daños mencionados.

Los países con tradición exportadora, sacrifican a sus mercados internos para conservar a sus mercados de exportación. Los exportadores, deben hacer, generalmente, un esfuerzo de años para conquistar un mercado de exportación.

Actualmente, la globalización, la comunicación, el transporte y la tecnología, proporcionan grandes oportunidades para los exportadores. Pero, simultáneamente, los exportadores, deben suministrar productos de calidad, al menor precio posible y con entrega oportuna. Los países, deben concentrarse para sus exportaciones en el aprovechamiento de ventajas comparativas para convertirlas en ventajas competitivas.

Mientras, la conquista de un mercado de exportación requiere, generalmente, un gran esfuerzo, se puede perder en un corto plazo por una resolución de un gobierno.

El contrabando, es una actividad ilegal, que consiste en comerciar con productos que no han pagado los impuestos o aranceles aduaneros. Contrabando, es la acción de evitar la intervención de las aduanas, para evadir el pago de los impuestos o aranceles aduaneros correspondientes. En algunos países, existen impuestos de exportación. En Venezuela, no existen impuestos a las exportaciones.

Entre Colombia y Venezuela existe un arancel externo común (AEC) y una unión aduanera. Los productos venezolanos no pagan aranceles aduaneros en Colombia y los productos colombianos no pagan aranceles aduaneros en Venezuela. Por las razones expuestas es una equivocación denominar el incumplimiento de la prohibición o restricción de exportación como contrabando de extracción. La evasión del pago de un impuesto en una explotación minera, si puede calificarse como contrabando de extracción.


* consejero ecoomico de CONSECOMERCIO