lunes, 31 de enero de 2011

La ``reelección'' de Daniel Ortega

Dice claramente la Constitución de Nicaragua: ``No podrá ser candidato a Presidente ni Vicepresidente de la República el que ejerciese o hubiese ejercido en propiedad la Presidencia de la República en cualquier tiempo del periodo en que se efectúa la elección para el periodo siguiente, ni el que la hubiese ejercido por dos periodos presidenciales''.
Entonces, ante tan clara prohibición constitucional, ¿cómo explicar que Ortega, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Consejo Supremo Electoral (CSE) se hayan coludido y estén procediendo como si dicha proscripción no existiese? ¿Y qué decir de la inverosímil interpretación jurídica de la CSJ que se atreve a afirmar que al prohibirle a Ortega ser candidato a la presidencia se le estaría privando de un derecho ciudadano fundamental, derecho al cual todo ciudadano nicaragüense le corresponde?

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